4 pasos para resolver un accidente de tránsito (1 más si hay lesiones)
- Abogado Santiago Guridi
- 9 nov 2020
- 3 Min. de lectura
Actualizado: 27 dic 2020

Aquí encontrará los pasos a seguir si sufrió un accidente de tránsito. El objetivo del artículo es guiarlo de la manera más simple ante esta situación angustiante.
Si ha tenido un accidente de tránsito y algunos pasos no los pudo realizar, no importa, retome esta lista desde el paso en el que se encuentre y sigue la misma. Llegará a buen puerto.
1. Detenerse inmediatamente en un lugar seguro y sin crear nuevos riesgos.
2. En el lugar del accidente de tránsito, tomar las siguientes fotos y anotar estos datos:
Sobre el tercero: Fotos de la licencia de conducir, cédula verde y póliza de seguro.
Del siniestro: Fotos de la posición de los vehículos, daños de los vehículos, propiedades dañadas, señales de tránsito existentes, estado de la calzada, lesiones provocadas.
Sobre los testigos del accidente: Fotos del DNI.
Datos: del lugar, sentido de las calles y altura aproximada donde se produjo el accidente, fecha y hora del siniestro, condiciones del clima.
A) SI NO HUBO NINGUN LESIONADO:
3. Realizar la denuncia del siniestro en su compañía aseguradora dentro de las 72 h. pero bajo ningún concepto debe firmar acuerdos con la aseguradora o sus “liquidadores”. La función de estos es obtener los acuerdos más ventajosos para esta.
Es un buen momento para comunicarse con su abogado de confianza así él reclama daños materiales, es decir consigue la cobertura de todos los gastos materiales ocasionados por parte de la aseguradora.
4. Hacer la denuncia online en el SIDEAT (Sistema Integrado de Denuncia de Accidentes de Tránsito).
B) HUBO LESIONADOS:
3. Llamar al SIES - 107 (Sistema Integrado de Emergencias Médicas) o Policía - 911.
4. Realizar la denuncia del siniestro en su compañía aseguradora dentro de las 72 h.
ACLARACIÓN PARA EL NO LESIONADO: Puede suceder que una de las partes involucradas no se lesionó y cuando va a realizar la denuncia en su aseguradora, esta le aconseja realizar la denuncia en un CTD (Centro Territorial de Denuncias) porque hay lesionados (en este caso el lesionado es la otra parte). ¡ERROR! No se puede auto incriminar, por ende, en el CTD no le pueden tomar la denuncia. ¿Y entonces qué tiene que hacer? Solo hacer la denuncia en su compañía aseguradora, si eventualmente el lesionado hace la denuncia en un CTD, comenzará SU reclamo y se contactarán con su compañía, donde se verá reflejado que la otra parte, dio aviso en tiempo y forma del siniestro.
5. La parte involucrada que SI tuvo lesiones (pueden ser las dos partes o una de ellas): Efectuar en cuanto pueda la denuncia en un CTD (NO HAY PLAZO PARA HACER LA DENUNCIA EN EL CTD). Es decir, si las dos partes se lesionaron, habrá dos denuncias penales.
Si llegó hasta aquí sin contactar a su abogado, es otro buen momento para sugerirle que lo haga para que el profesional realice las gestiones de reclamos de daños materiales si los hubo y daños físicos por incapacidad.
IMPORTANTE: en todos los casos donde hay lesiones, la prioridad es de la salud, así que previo a realizar cualquier trámite, concurra al centro de salud o a su médico de cabecera.
LAS ACCIONES DE REPARACION QUE SURGAN DE UN ACCIDENTE DE TRÁNSITO "RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL" PRESCRIBE A LOS 2 AÑOS DE ACONTECIDO EL HECHO.
Gráficamente, para el caso de siniestro vial sin lesiones:

Para el caso de accidente de tránsito con lesiones:

La idea es ser conciso en estos momentos donde uno vive una situación estresante y angustiante. De todas maneras, si necesita mayor detalle en alguno de los puntos o le surge alguna duda, ya sabe que puede contactarse en los comentarios de este artículo o en el caso de que quiera hacerlo de forma privada, en mi sitio web encuentra todos mis datos:
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