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Indemnización por daños y perjuicios

  • Foto del escritor: Abogado Santiago Guridi
    Abogado Santiago Guridi
  • 27 ene 2021
  • 7 Min. de lectura

Actualizado: 12 feb 2021


Daños y perjuicios
Daños y perjuicios

Los daños y perjuicios son el menoscabo que sufre una persona a costa de la actuación de otra.

Bajo esta circunstancia, los textos legales establecen un resarcimiento para el afectado en función del daño o perjuicio que se hubiera causado.


Daño


El daño es todo agravio que sufre una persona por la inejecución de una obligación.


Perjuicio


El Código señala que se considera perjuicio a la privación de cualquier ganancia lícita que debiera haberse obtenido con el cumplimiento de dicha obligación.


Denuncia por daños y perjuicios


Cuando un hecho determinado, genera daños a las personas o a su patrimonio y se comprueba la existencia de un factor de atribución de responsabilidad, se activa la función resarcitoria de la responsabilidad civil que, entre otras cosas, indica que la reparación del damnificado debe ser plena.


Reparación plena


La idea es que la persona quede en las mismas condiciones que estaba antes de sufrir el daño. Para ser plena entonces, el responsable debe resarcir todos los daños ocasionados al damnificado, sean de índole material (ej. daño a la propiedad, turbación de uso) como el daño psicológico sufrido por el actuar de la demandada.


¿Por qué se hace una demanda por daños y perjuicios?


El hecho generador puede derivar de múltiples situaciones: lesiones por accidentes de tránsito; actividad profesional, abogados, escribanos, médicos, arquitectos, contadores, todos los profesionales son susceptibles de ocasionar daños en el ejercicio de su profesión, relaciones de consumo, incumplimiento de contratos, mala praxis, daños materiales, disminución de patrimonio, entre otro montón de supuestos.


¿Los daños y perjuicios son siempre ocasionados por un accidente?


No, los daños y perjuicios pueden tener su origen en cualquier ámbito. Si bien los daños y perjuicios derivados de un accidente son los mas comunes, no son los únicos. Cualquier materia puede ser objeto de reclamo.


Daños y perjuicios en las relaciones de consumo


Dependiendo el caso podría iniciar reclamo por daños y perjuicios.

Si, por ejemplo, adquirió un producto que representó un peligro para su salud o integridad física o si el proveedor incumplió con su deber de seguridad tiene derecho a un resarcimiento por el daño que sufrió.


¿Quiénes responden por los daños ocasionados en las relaciones de consumo?


La Ley de Defensa del consumidor N.º 24240 en su art. 40 establece: "Si el daño al consumidor resulta del vicio o riesgo de la cosa o de la prestación del servicio, responderán el productor, el fabricante, el importador, el distribuidor, el proveedor, el vendedor y quien haya puesto su marca en la cosa o servicio. El transportista responderá por los daños ocasionados a la cosa con motivo o en ocasión del servicio.

La responsabilidad es solidaria, sin perjuicio de las acciones de repetición que correspondan. Sólo se liberará total o parcialmente quien demuestre que la causa del daño le ha sido ajena."

ATENCIÓN: Que si está en riesgo la salud o la vida el trámite más expedito y urgente es una acción de AMPARO.


Daños y perjuicios en incumplimiento de contratos


Un contrato es un acuerdo de voluntades en virtud del cual las partes se obligan recíprocamente a algo. Consecuencia de ello, lo pactado vincula y es de obligado cumplimiento (pacta sunt servanda).

¿Qué sucede si alguna parte incumple? La otra parte contratante podrá:

  • Exigir el cumplimiento.

  • ️Resolver el contrato.

Sea cual sea la opción que se adopte, podrá solicitar también una indemnización por los daños y perjuicios que el incumplimiento le haya generado.

¿Y si como consecuencia de elementos sobrevenidos el cumplimiento deviene imposible? En este supuesto, y cada vez con mayor recurrencia, la jurisprudencia admite la aplicación de la cláusula rebus sic stantibus para hacer frente a situaciones sobrevenidas.

Suele utilizarse como complemento de la expresión “rebus sic stantibus”, esta ”pacta sunt servanda” (que significa que "los contratos están para cumplirse").

De este modo, “pacta sunt servanda rebus sic stantibus” expresado todo junto, significa que será obligatorio cumplir los pactos mientras que no cambien las circunstancias existentes al momento de la celebración del contrato.


Requisitos para demandar una indemnización


Si hablamos en concreto de Responsabilidad CONTRACTUAL los requisitos son:

  • Infracción de la obligación contraída (No se cumple o se cumple imperfecta o tardíamente)

  • Que el incumplimiento sea imputable al deudor (que no se deba a caso fortuito o fuerza mayor)

  • Que el incumplimiento cause DAÑO al acreedor.

  • Relación de Causalidad entre incumplimiento y el Daño.

  • Que el deudor esté en Mora.

.

Responsabilidad EXTRACONTRACTUAL:


  • Daño sufrido por la Víctima

  • Este daño debe ser imputable a quien lo comete en grado de Culpa o Dolo.

  • Relación de Causalidad entre la Culpa/Dolo y el Daño.


Responsabilidad PRE-CONTRACTUAL:


  • La creación de una razonable confianza en la conclusión o perfeccionamiento de un contrato proyectado.

  • Carácter injustificado de la ruptura de las tratativas preliminares.

  • Daño en el Patrimonio

  • Relación de Causalidad entre el daño y la confianza defraudada.


El requisito más importante en todos los casos es EL DAÑO, ya que éste es el FUNDAMENTO de la responsabilidad civil.

Daños y perjuicios por accidentes de tránsito


Los accidentes de tránsito constituyen un fenómeno cotidiano, y dan lugar a la franca mayoría de los procesos sobre daños y perjuicios que tramitan en los tribunales.

Si la cobertura de su seguro no dio respuesta alguna ante un accidente de tránsito que sufrió, le corresponde indemnización por el monto de su reclamo, por el siniestro padecido más intereses y por todos los daños y perjuicios derivados de ese incumplimiento contractual.

De acuerdo al artículo 2° del código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002, se define Accidente de tránsito como: evento generalmente involuntario, generado al menos por un vehículo en movimiento, que causa daños a personas y bienes involucrados en el e igualmente afecta la normal circulación de los vehículos que se movilizan por la vía o las vías comprendidas en el lugar o dentro de la zona de influencia del hecho.

El Código Civil y Comercial de la Nación establece, en cuanto a la Reparación del daño, “Reparación Plena (art. 1740)”, lo que significa, en la medida de que sea posible, volver las cosas al estado anterior a la producción del daño.


Las aseguradoras deben cubrir todos los daños, tanto físicos, materiales como también morales, psicológicos e incluso los gastos que tenga por no tener su vehículo a disposición.


¿Quién tiene la culpa en un accidente de tránsito?


Esta pregunta es esencial para saber a quién le corresponde la indemnización, partiendo de que todos los accidentes son diferentes:

  • Si la responsabilidad no fue suya, puede reclamar la indemnización por la totalidad de los daños sufridos a la aseguradora del otro vehículo.

¿Qué hacer si sufrió heridas?


El responsable del accidente deberá reparar todos los daños causados a la víctima. Tiene derecho a reclamar una indemnización por los daños físicos que sufra, y demás pérdidas que acredite.


¿El acompañante puede reclamar?


Los acompañantes o “terceros transportados” pueden reclamar una indemnización a las aseguradoras de todos los vehículos que intervinieron en el accidente, incluida aquella que asegura al rodado en el que viajaban al momento del accidente.

Si ha sufrido un accidente de tránsito y se considera perjudicado por el mismo, ya sea por las lesiones sufridas o por cualquier otro tipo de perjuicio (daños materiales, lucro cesante, etc.), seguramente se estará planteando la necesidad de contratar a un abogado especialista en accidentes de tránsito para que lo asesore y lleve a cabo la reclamación de la correspondiente indemnización a la que tiene derecho.


¿Daños y perjuicios por accidentes laborales o demanda laboral?


¿Sufrió algún accidente por algún riesgo que podría haber sido prevenido en su trabajo?


  1. La persona que trabaja tiene derecho al cuidado de su vida y de su salud mediante una prevención eficaz de los accidentes y enfermedades del trabajo;

  2. si esto fracasa y sufre un daño en su salud, también tiene derecho a una reparación plena / justa / integral;

  3. si la respuesta no es inmediata, tiene derecho a reclamar ante un juez natural (del trabajo).

Reclame lo que le corresponde.



Indemnización por omisión de medidas de seguridad


Si el accidente se produjo en su totalidad o en parte por culpa de una omisión de medidas de seguridad por parte de la empresa, se podrá reclamar una indemnización por accidente laboral basada en el baremo de responsabilidad civil.

Es decir, si la culpa del accidente de trabajo no recae 100% en el trabajador y se puede demostrar que el empresario no puso todas las medidas de seguridad exigidas en la ley de prevención de riesgos laborales, el trabajador podrá reclamar la indemnización. Por derecho le corresponde a la empresa y a su seguro de responsabilidad civil.


IMPORTANTE: Las lesiones por accidentes de trabajo se canalizan como una demanda laboral y no como una demanda por daños y perjuicios.

¿Cómo se cuantifica el monto del daño?


Todo se define por fórmulas.

La Justicia, establecerá el valor monetario que el victimario debe efectuar a la víctima.

Hay tres maneras en las que los daños pueden ser indemnizados en un tribunal:


  • Restitución

  • Reparación del daño

  • Resarcimiento de daño


Si sufrió cualquiera de estos o todos, si fue víctima de un daño puede iniciar el reclamo judicial, dónde comprobando el efectivo daño y sus consecuencias, puede recibir un resarcimiento o compensación económica.


Formas de daños


Existen diversas formas de daños que pueden ocasionarse por acción u omisión. La ley contempla:


  • Daños patrimoniales (daños materiales) como por ejemplo el lucro cesante, o

  • Daños no patrimoniales (daños físicos, psicológicos) o daño moral.

El damnificado pueda conocer todas sus opciones legales, como así también reclamar todos los rubros indemnizatorios que correspondan.


¿Qué es una demanda por daños y perjuicios?


Seguro que ha oído mil veces estas palabras, pero ¿sabe qué significan? La reclamación por daños y perjuicios de nuestro seguro de Defensa Jurídica se produce cuando alguien le daña o estropea algo suyo. En ese caso, se reclama para que lo indemnicen.

Es una acción legal, que faculta a la parte que se considera afectada, a reclamar ante la justicia una indemnización en dinero, que sea equivalente a los daños materiales o morales y los perjuicios sufridos con ocasión y como consecuencia de la acción u omisión humana.

¿Puedo poner una denuncia penal por daños y perjuicios?

Si, siempre y cuando estos se deriven de la comisión de una de conducta, que se encuentre tipificada como delito penal.


Daños y perjuicios en el derecho civil


En Derecho Civil, daño es el detrimento, perjuicio o menoscabo que una persona sufre a consecuencia de la acción u omisión de otra, y que afecta a sus bienes, sus derechos o sus intereses.

La sección que se ocupa de los daños y perjuicios, son los sistemas de responsabilidad civil.


Indemnización por daños y perjuicios en el ámbito civil ofrece un carácter reparador y no punitivo o sancionador.


Sin daño o perjuicio no existe obligación de indemnizar. La responsabilidad civil trata de reparar un perjuicio y si éste no existe, o no queda demostrado, no existirá acto ilícito civil. El incumplimiento por sí solo no implica ni supone la existencia de perjuicios, estos deben ser probados, o tratarse de un daño demostrado o reconocido.


Son requisitos de la indemnización por daños y perjuicios:


  • La existencia real de los daños o perjuicios causados.

  • La relación de causa a efecto entre el incumplimiento y el daño o perjuicio, de modo que éste sea consecuencia de aquél.

  • Que los daños o perjuicios reales se acrediten.

  • Que sean ciertos, no dudosos, o posibles.

Por último cabe concluir que se trata de una cuestión de hecho sometida a la apreciación del juzgador de instancia.


Conclusión


Este tipo de problemas se puede resolver por la vía extrajudicial, realizando reclamos extrajudiciales y si estos arreglos no prosperan la justicia brinda la herramienta formal de resolver en sede judicial.


¿Piensa que debe reclamar indemnización por daños y perjuicios por alguna situación que vivió?


En el caso de que su respuesta sea sí o tenga alguna duda, puede contactarse conmigo y lo asesoraré.








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